El nuevo decreto de estado de alarma aprobado este domingo en el Consejo de Ministros fija un toque de queda obligatorio para toda España, excepto Canarias, entre las 23:00 y las 6:00 horas. El texto del decreto aprobado para atajar la propagación del coronavirus deja a las comunidades autónomas la potestad de retrasar o adelantar su activación una hora respecto a esa franja.
Así, cada comunidad podrá modular la franja horaria y decidir que sea a partir de las 22:00 o a medianoche y hasta las 5:00 o las 7:00 de la mañana, ha aclarado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. De momento, las autoridades de Andalucía no se han pronunciado.
Con carácter general, la circulación de las personas en horario nocturno queda limitada desde las 23:00 hasta las 6:00 en todo el país salvo por la causas especificadas en la norma
Durante ese periodo las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:
- a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
- b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
- f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
- i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
- La autoridad competente delegada correspondiente podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo de la limitación prevista en este artículo sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas.
Las autonomías, según ha dicho Sánchez, podrán confinar su territorio completo o el de un «ámbito territorial inferior», decisión que deberá tomarse con «sentido común» para que se permita actividades como la de acudir al médico, al trabajo o al centro educativo.
De la misma forma, las autonomías podrán limitar la permanencia de personas en espacios públicos o privados hasta un máximo de 6 personas, como ya viene ocurriendo en la mayor parte.
[elfsight_youtube_gallery id=”1″]
SUSCRÍBETE A NUESTRO CANAL DE TELEVISIÓN AQUÍ
Eventos destacados en Los Pedroches