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Toda la provincia de Córdoba sube a nivel de alerta sanitaria 3 por Covid

Los citados niveles de alerta sanitaria, tendrá una duración de siete días

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Los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas se han reunido hoy por vía telemática, para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivos ámbitos de actuación. Sobre la base de los informes de evaluación específica realizados por la Sección de Epidemiología de las respectivas delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Familias, han decidido restringir la libertad de movimiento en horario nocturno de 2.00 a 7.00 horas, por haberse superado los 1.000 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en los perímetros de los siguientes municipios:

Montoro (Córdoba) y  Estepona y Marbella (Málaga).

Al colisionar con derechos fundamentales como el de la libre circulación, esta medida deberá ser posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). En este sentido, la Junta, a través de su Gabinete Jurídico, ha solicitado este miércoles la ratificación judicial de la medida adoptada.

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Igualmente los comités han decidido que toda la provincia de Córdoba sube al nivel de alerta sanitaria 3.  Por lo que se refiere a la adopción del citado nivel de alerta sanitaria, tendrá una duración de siete días naturales, contados desde las 0:00 de este jueves 29 de julio de 2021, y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte del Comité Territorial de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto.

Referente al Área Sanitaria Norte los municipios que han subido al nivel alerta 3 son Alcaracejos, Añora, Belalcázar, Belmez, Cardeña, Conquista, Dos Torres, El Guijo, El Viso, Espiel, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Hinojosa del Duque, La Granjuela, Los Blázquez, Pedroche, Peñarroya-Pueblonuevo, Pozoblanco, Santa Eufemia, Torrecampo, Valsequillo, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey y Villaralto.

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¿Restricciones del nivel de alerta sanitaria 3?

Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil

Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 50 % en interior con máximo de 100 personas. Mesas de hasta 4 pax. Aforo del 100% en exterior con máximo de 250 personas. Mesas de hasta 6 pax. Se permite el consumo en barra en exteriores. No se permiten las actuaciones musicales ni el baile. Cierre a las 2.00 h.

Ceremonias civiles

Aforo del 50% tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas con distancia de 1,5 metros.

Discotecas, locales de ocio nocturno

Los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre es a las 2:00. Apertura del interior permitida con uso y normas de hostelería (no sólo bebidas). Se permite el 50% de aforo máximo en el exterior, con mesas de hasta 6 personas. No están permitido el consumo en barra ni las actuaciones musicales ni baile.

Establecimientos recreativos (recreativos infantiles, centros de ocio infantil y atracciones de feria)

En los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máx. de 30% en interior y exterior. Grupos de hasta 12 niños. No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 50% lugares abiertos y 25% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 50 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 30 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que será del 20 %.

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Eventos multitudinarios

Recomendación de acceso con certificado de vacunación o prueba negativa.

Hostelería y restauración (incluido de hoteles)

Clientes sentados con 1,5 m. de distancia entre personas. El cierre a las 1:00, aunque se deja de servir a las 00:00, 50% de aforo en interior. 100% en terraza. Máxima ocupación de mesas: 4 en interior y 6 en exterior. En hoteles; 50% de aforo en zonas comunes exteriores y 1/3 en zonas comunes interiores. Actividades de animación con un máximo de 15 personas.

Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios así como academias de bailes)

Deportes federados: según el protocolo de las federaciones Permitida la actividad física individual al aire libre. 50% de aforo máximo en interior y 60% en exterior. Actividades grupales: 10 personas máximo en interior y 15 en exterior, guardando la distancia de 1,5 m. y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 40% de aforo y 500 personas como máximo en interior. 50% de aforo y 1000 personas máximo en exterior.

Mercadillos

75% aforo

Transporte público

100 % asientos y 75% de pie

Cines, teatros y circos

60% aforo, con 1,5 m. de distancia y público sentado

Espectáculos taurinos

40% aforo máximo y distancia de 1,5 m.

Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas

Aforos del 50 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. el horario de cierre será como máximo a las 02:00 horas, a excepción de los servicios de restauración que deberán cerrar a las 24:00.

Peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativas, o establecimientos similares y culturales.

Aforos del 50 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.

Piscinas de uso colectivo

Aforo 50% del permitido.

Residencias estudiantes

Aperturas de zonas comunes al 50 %(bibliotecas, salas juego, televisión, etc). Comedores al 50 % con máximo de 75 personas interior y 100 en exterior. Actividad de restauración, distintas a los comedores deben cumplir normas de hostelería y restauración. Prohibición de visitas.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres

Máximo de 20 personas en espacios al aire libre o 15 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes. 20 personas en funeral o comitiva.

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